Resumen con
Preguntas sobre
LBA
Información actualizada y relevante para dueños responsables
¡Atención!
Esta guía resume los aspectos clave de la Ley 7/2023 de Bienestar Animal. Para información completa y detallada, consulta siempre las fuentes oficiales y la legislación vigente. La normativa específica de algunas Comunidades Autónomas puede variar.
1. ¿Qué es la nueva Ley de Bienestar Animal en España y a quién afecta?
Es la Ley 7/2023, en vigor desde el 29 de septiembre de 2023. Establece un marco legal para garantizar la protección de los derechos y el bienestar de los animales de compañía y silvestres en cautividad. Implica un cambio significativo en los derechos y deberes de los propietarios, estableciendo una responsabilidad legal con normas claras y sanciones por incumplimiento.
Afecta a todos los perros, independientemente de su raza, tamaño o el lugar donde vivan, así como a otros animales de compañía.
2. ¿Cuáles son las obligaciones legales principales para los propietarios de perros bajo esta ley?
- Identificación obligatoria: Microchip y registro en el sistema de identificación animal correspondiente. Censo en el ayuntamiento.
- Bienestar y cuidados básicos: Incluyendo atención veterinaria necesaria.
- Educación y manejo: Métodos respetuosos y positivos, evitando sufrimiento, maltrato, ansiedad o miedo.
- Seguro de Responsabilidad Civil (RC): Obligatorio para TODOS los perros desde el 29 de septiembre de 2023.
- Supervisión: No dejar solo a un perro más de 24 horas seguidas.
- Problemas de comportamiento: Obligatorio buscar ayuda profesional.
- Salud: Cartilla de vacunación al día.
- Reproducción: Evitar la reproducción incontrolada. Esterilización obligatoria si conviven animales de distinto sexo y no son criadores registrados, o si el animal tiene acceso no supervisado al exterior. La ley enfatiza la esterilización para animales no destinados a cría por criadores registrados.
3. ¿Es obligatorio el curso de formación para tener perro? ¿Cuándo y cómo se realiza?
Sí, la ley contempla un curso de formación obligatorio y gratuito para la tenencia de perros. Será mayormente online y tendrá validez indefinida.
Será obligatorio para nuevos propietarios (antes de adoptar o comprar un perro). Los que ya tienen perro no están obligados todavía, aunque es probable que se exija en trámites futuros.
Importante: La implantación de este curso está temporalmente suspendida hasta que se apruebe el desarrollo reglamentario que determinará su contenido específico y puesta en marcha.
4. ¿Debo contratar un seguro de Responsabilidad Civil para mi perro? ¿Qué cubre y cuándo entró en vigor esta obligación?
Sí, es obligatorio para TODOS los perros, independientemente de su raza o tamaño. Esta obligación entró en vigor el 29 de septiembre de 2023.
El seguro debe cubrir los daños que el animal pueda causar a terceros (personas, otros animales u objetos). Algunas pólizas de seguro de hogar pueden incluir esta cobertura, es importante verificarlo.
5. ¿Cuánto tiempo puedo dejar a mi perro solo en casa?
Un perro no puede quedarse solo por más de 24 horas consecutivas. Para otros animales de compañía (gatos, hurones, pájaros, etc.), el límite es de tres días consecutivos. Si te ausentas por más tiempo, debes asegurarte de que alguien lo cuide adecuadamente.
6. ¿Qué se considera un perro «Potencialmente Peligroso» (PPP) según la ley?
La normativa sobre PPP sigue rigiéndose por la Ley 50/1999 y el Real Decreto 287/2002 hasta que se apruebe el nuevo reglamento de la Ley de Bienestar Animal que podría modificar esta clasificación. Actualmente, se consideran PPP:
- Razas específicas (Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akita Inu) y sus cruces.
- Perros con ciertas características físicas (fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia, marcado carácter, etc.).
- Perros que hayan protagonizado episodios de agresiones a personas o a otros perros.
Es importante destacar que la nueva ley busca unificar criterios y se espera un listado de perros de «manejo especial» basado en comportamiento individual tras un test, más que en razas, pero esto está pendiente de desarrollo reglamentario.
7. Si tengo un perro catalogado como PPP, ¿qué obligaciones adicionales debo cumplir?
Mientras no se desarrolle el nuevo reglamento, los dueños de PPP deben seguir cumpliendo las obligaciones de la normativa actual:
- Obtener la Licencia de tenencia de PPP (requiere certificado de capacidad física y aptitud psicológica, certificado de antecedentes penales, seguro de RC específico para PPP con cobertura no inferior a 120.000€).
- Inscribir al perro en el Registro Municipal de PPP.
- En espacios públicos: llevarlo con bozal adecuado y sujeto con correa no extensible de menos de 2 metros.
- No llevar más de un PPP por persona.
- Implementar medidas de seguridad en recintos para evitar escapes.
- Realizar el curso de formación general obligatorio (cuando esté disponible) y, adicionalmente, el curso específico para tenencia de PPPs que ya es exigible.
8. ¿Pueden los perros de asistencia ser considerados PPP?
No. Los perros de asistencia (como perros guía, perros para personas con discapacidad auditiva, perros de alerta médica, etc.) están explícitamente excluidos de la clasificación como PPP, independientemente de su raza o características físicas, debido a su adiestramiento específico y función social.
9. ¿Puede mi perro entrar en establecimientos públicos? ¿Dónde está restringido su acceso y qué pasa con los perros de asistencia?
La ley facilita el acceso de animales de compañía a medios de transporte, establecimientos y espacios públicos, siempre que no constituyan un riesgo y se cumplan las condiciones higiénico-sanitarias.
Establecimientos públicos y privados (tiendas, restaurantes, hoteles, etc.): Podrán facilitar la entrada salvo prohibición expresa y señalizada. Si no hay prohibición, se permite el acceso.
Restricciones: No pueden acceder a zonas de manipulación de alimentos, locales de espectáculos públicos, centros sanitarios (salvo excepciones), etc. Los ayuntamientos pueden regular zonas de no acceso.
Perros de asistencia: Tienen derecho de acceso a la práctica totalidad de lugares y transportes públicos o de uso público, sin que se les pueda denegar la entrada salvo excepciones muy tasadas.
Está prohibido dejar mascotas atadas sin supervisión en las entradas de tiendas o establecimientos.
10. ¿Qué debo hacer si mi perro ladra en exceso y molesta a mis vecinos?
Lo primero es identificar la causa (aburrimiento, ansiedad por separación, falta de ejercicio, estímulo externo, etc.). Se recomienda:
- Consultar con un veterinario para descartar problemas médicos.
- Buscar ayuda de un etólogo o educador canino profesional que utilice métodos positivos.
- Asegurar suficiente ejercicio físico y estimulación mental.
- No dejarlo solo por periodos excesivamente largos si sufre ansiedad.
- Intentar un diálogo constructivo con los vecinos afectados.
11. ¿Cuándo se consideran perjudiciales los ladridos de un perro?
Generalmente, se consideran perjudiciales cuando son:
- Constantes y repetitivos durante largos periodos de tiempo (por ejemplo, durante horas).
- Se producen en horarios de descanso, especialmente por la noche (habitualmente a partir de las 22:00 horas).
- Superan los límites de decibelios establecidos por las ordenanzas municipales sobre ruido.
12. ¿Cómo se regula el ruido (incluyendo los ladridos) y cuáles son los límites de decibelios permitidos?
El ruido está regulado por la Ley de Propiedad Horizontal (para comunidades de vecinos) y, fundamentalmente, por las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento.
Estas ordenanzas establecen los límites máximos de decibelios permitidos y las franjas horarias (diurna, vespertina, nocturna). Los límites varían de un municipio a otro. Es necesario consultar la ordenanza específica del lugar de residencia.
13. ¿Qué pruebas se necesitan en caso de una denuncia por ladridos?
En caso de una denuncia formal, las pruebas pueden incluir:
- Mediciones de ruido (sonometría): Realizadas por la policía local o empresas especializadas acreditadas.
- Grabaciones de audio y/o video: Que demuestren la persistencia e intensidad de los ladridos.
- Testimonios de otros vecinos afectados.
- Denuncias previas o requerimientos realizados.
- Informes periciales si fuera necesario.
14. ¿Qué consecuencias legales puedo enfrentar si un vecino me denuncia por los ladridos de mi perro?
Las consecuencias pueden variar según la gravedad y persistencia del problema:
- Avisos o requerimientos por parte de la comunidad de propietarios o el ayuntamiento.
- Sanciones administrativas (multas) impuestas por el ayuntamiento por incumplimiento de las ordenanzas de ruido.
- Acciones civiles: Un vecino podría interponer una demanda por daños y perjuicios o para solicitar el cese de la actividad molesta.
- En casos muy extremos y persistentes de negligencia grave, podrían tomarse medidas más severas.
Ignorar una denuncia o requerimiento puede agravar la situación.
15. ¿Pueden quitarme a mi perro por ladrar mucho?
No es común que se retire un animal únicamente por ladrar. Sin embargo, si los ladridos son síntoma de una situación de negligencia grave, maltrato o un incumplimiento reiterado y grave de las normativas de bienestar animal y convivencia ciudadana, las autoridades podrían intervenir y, en casos extremos, acordar la retirada del animal como medida de protección o como parte de una sanción.
16. ¿Cuál es el proceso paso a paso para adoptar un perro en España?
El proceso general suele incluir:
- Contacto inicial: Con la protectora o entidad.
- Cuestionario pre-adopción: Para conocer al adoptante y su estilo de vida.
- Entrevista personal: Para discutir detalles y compatibilidad.
- Visita al hogar (en algunos casos): Para asegurar un entorno adecuado.
- Presentación del animal: Conocer al perro y ver la interacción.
- Firma del contrato de adopción: Establece compromisos de cuidado, no abandono, esterilización (si no está hecha), seguimiento, etc.
- Pago de tasas de adopción: Cubren parte de los gastos veterinarios (microchip, vacunas, desparasitación, esterilización).
- Entrega del animal: Con su documentación (cartilla sanitaria).
- Registro en el Ayuntamiento: Si es obligatorio en el municipio.
- Periodo de adaptación y seguimiento: Por parte de la protectora.
17. ¿Qué requisitos debo cumplir para poder adoptar un perro?
Los requisitos comunes son:
- Ser mayor de edad.
- Disponer de tiempo y recursos económicos para su cuidado.
- Ofrecer un hogar estable y seguro. (Demostrar domicilio, y si es de alquiler, permiso del arrendatario).
- Compromiso de cumplir con las obligaciones legales (identificación, seguro, curso cuando sea obligatorio).
- Aceptar las condiciones del contrato de adopción (incluyendo visitas de seguimiento).
- Para perros PPP, se requiere la Licencia PPP.
- Eventualmente, haber realizado el curso de formación obligatorio.
18. ¿Es gratuita la adopción de un perro?
No suele ser 100% gratuita. Las protectoras suelen solicitar una tasa de adopción. Esta tasa no es el «precio» del perro, sino una contribución para cubrir una parte de los gastos veterinarios que ha tenido el animal (microchip, vacunas, desparasitación, esterilización, tratamientos médicos si han sido necesarios). Es una forma de ayudar a la protectora a seguir rescatando y cuidando a otros animales.
19. ¿Dónde puedo buscar un perro para adoptar en España?
Existen diversas opciones:
- Protectoras y refugios de animales: La opción más recomendada. Hay muchas a nivel local, provincial y nacional.
- Perreras municipales: Gestionadas por los ayuntamientos.
- Sitios web de ayuntamientos: Algunos publican animales en adopción.
- Plataformas online especializadas: Como Miwuki (antes Matchcota), Kiwoko Adopta, Bambú Difunde, etc.
- Grupos y páginas en redes sociales: Dedicados a la difusión de animales en adopción.
20. ¿Cómo afecta la nueva ley a las asociaciones y entidades de protección animal?
La ley establece un marco regulatorio más estricto y profesionalizado para estas entidades:
- Creación de un Registro de Entidades de Protección Animal. La inscripción es obligatoria para ser consideradas entidades colaboradoras, acceder a subvenciones, etc.
- Obligación de presentar memorias anuales de actividad y económicas.
- Cumplimiento de la normativa de voluntariado.
- Asegurar que su personal contratado tenga la titulación exigida.
- Tienen derecho a ser consideradas parte interesada en los procedimientos sancionadores iniciados por infracciones a la ley.
- Deben garantizar el bienestar de los animales a su cargo, incluyendo esterilización antes de la entrega en adopción (o compromiso de esterilización).
21. ¿Cuáles son las posibles multas y sanciones por incumplir la Ley de Bienestar Animal?
Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves. La cuantía de las multas varía según la gravedad:
- Infracciones leves: Multas de 500 a 10.000 euros. (Ej: no comunicar la pérdida o sustracción del animal).
- Infracciones graves: Multas de 10.001 a 50.000 euros. (Ej: no identificar al animal, abandono, cría no autorizada, dejar solo al perro más de 24h).
- Infracciones muy graves: Multas de 50.001 a 200.000 euros. (Ej: maltrato con resultado de muerte, sacrificio no autorizado, uso de animales en peleas).
Además de las multas, pueden imponerse medidas accesorias como:
- La intervención y retirada del animal.
- La inhabilitación para la tenencia de animales o para realizar actividades relacionadas con ellos.
- La obligación de realizar cursos de reeducación o sensibilización.
- Clausura de locales o instalaciones.
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